El
uso de Software no autorizado o adquirido ilegalmente, se considera
como pirata y una violación a los derechos de autor.
El
uso de Hardware y de Software autorizado está regulado por las
siguientes normas.
Toda
dependencia podrá utilizar únicamente el hardware y el software que
el departamento de sistemas le haya instalado y oficializado mediante
el "Acta de entrega de equipos y/o software".
Tanto
el hardware y software, como los datos, son propiedad de la empresa.
su copia o sustracción o daño intencional o utilización para fines
distintos a las labores propias de la compañía, será sancionada de
acuerdo con las normas y reglamento interno de la empresa.
El
departamento de sistemas llevara el control del hardware y el
software instalado, basándose en el número de serie que contiene
cada uno.
Periódicamente,
el departamento de sistemas efectuará visitas para verificar el
software utilizado en cada dependencia. Por lo tanto, el detectar
software no instalado por esta dependencia, será considerado como
una violación a las normas internas de la empresa.
Toda
necesidad de hardware y/o software adicional debe ser solicitada por
escrito al departamento de sistemas, quien justificará o no dicho
requerimiento, mediante un estudio evacuativo.
El
departamento de sistemas instalará el software en cada computador y
entregará al área usuaria los manuales pertinentes los cuales
quedaran bajo la responsabilidad del Jefe del departamento
respectivo.
Los
diskettes que contienen el software original de cada paquete serán
administrados y almacenados por el departamento de sistemas.
El
departamento de sistemas proveerá el personal y una copia del
software original en caso de requerirse la reinstalación de un
paquete determinado.
Los
trámites para la compra de los equipos aprobados por el departamento
de sistemas, así como la adecuación física de las instalaciones
será realizada por la dependencia respectiva.
La
prueba, instalación y puesta en marcha de los equipos y/o
dispositivos, serán realizadas por el departamento de sistemas,
quien una vez compruebe el correcto funcionamiento, oficializara su
entrega al área respectiva mediante el "Acta de
Entrega
de Equipos y/o Software".
Una
vez entregados los equipos de computación y/o el software por el
departamento de sistemas, estos serán cargados a la cuenta de
activos fijos del área respectiva y por lo tanto, quedaran bajo su
responsabilidad.
Así
mismo, el departamento de sistemas mantendrá actualizada la relación
de los equipos de computación de la compañía, en cuanto a número
de serie y ubicación, con el fin que este mismo departamento
verifique, por lo menos una vez al año su correcta destinación.
El
departamento de sistemas actualizará el software comprado cada vez
que una nueva versión salga al mercado, a fin de aprovechar las
mejoras realizadas a los programas, siempre y cuando se justifique
esta actualización.
Derechos
de autor y licencia de uso de software.
El
Copyright, o los derechos de autor, son el sistema de protección
jurídica concebido para titular las obras originales de autoría
determinada expresadas a través de cualquier medio tangible o
intangible.
Las
obras literarias (incluidos los programas informáticos), musicales,
dramáticas, plásticas, gráficas y escultóricas, cinematográficas
y demás obras audiovisuales, así como las fonogramas, están
protegidos por las leyes de derechos de autor.
El
titular de los derechos de autor tiene el derecho exclusivo para
efectuar y autorizar las siguientes acciones:
·Realizar
copias o reproducciones de las obras.
·Preparar
obras derivadas basadas en la obra protegida por las leyes de
derechos de autor.
·Distribuir
entre el público copias de la obra protegida por las leyes de
derechos de autor mediante la venta u otra cesión de la propiedad, o
bien mediante alquiler, arrendamiento financiero o préstamo.
·Realizar
o mostrar la publicidad de la obra protegida por las leyes de
derechos de autor.
·Importar
el trabajo, y realizar actos de comunicación pública de las obras
protegidas.
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